Protección de Datos

Protección de datos

Responsable de Tratamiento  

Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M. será considerado responsable del tratamiento de los datos personales recabados por el Sistema Interno de Información (SII).  

Categorías de datos personales  

Se podrán recabar las siguientes categorías de datos personales en el marco de una comunicación:  

  • Datos identificativos, tales como nombre y apellidos, datos de contacto y los datos relativos a la condición de empleado, tales como cargo o número de empleado, del informante y de la persona afectada por la comunicación.  
  • Relación con TUSSAM o de otro tercero afectada.  

  • Hechos u omisiones puestos de manifiesto.  

  • Documentación que pruebe los hechos u omisiones comunicados. 

Adicionalmente, en el SII se podrán tratar los datos personales que sean necesarios para el conocimiento e investigación de las acciones u omisiones puestos de manifiesto a través de una comunicación.  

Fines y bases legales del tratamiento 

Los datos personales recabados a través del SII serán tratados a los efectos de gestionar, tramitar e investigar las comunicaciones remitidas, así como para adoptar las medidas disciplinarias o tramitar los procedimientos judiciales que, en su caso, procedan. 

La base de legitimación para tratar los datos de carácter personal recogidos a través del SII es: 

  • El cumplimiento de las obligaciones legales que exigen disponer de un SII (art. 6.1.c RGPD, art. 8 LOPDGDD y art. 11 de la Ley Orgánica 7/2021), cuando, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10 y 13 de la presente ley, sea obligatorio disponer de un sistema interno de información. 

  • El interés legítimo cuando la comunicación informe sobre infracciones de los procedimientos, políticas y reglamentos internos de TUSSAM respecto a conductas no incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de Protección del Informante. En estos casos, el interés legítimo del responsable del tratamiento es minimizar el impacto negativo resultante de estas conductas y reforzar la cultura de cumplimiento de las políticas y procedimientos internos en la organización (art. 6.1.f RGPD) 

  • El interés público, cuando exista una revelación pública, (art. 6.1.e RGPD). 

  • El interés público esencial, cuando se traten datos de categoría especial por ser necesario para la investigación, siempre que el tratamiento de los datos sea proporcional al objetivo perseguido, respete en lo esencial el derecho a la protección de datos y se hayan adoptado medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado (art. 9.2.g RGPD) 

Identidad del informante 

La identidad del informante será en todo caso reservada, y no se comunicará a las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros 

La identidad del informante solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora. 

Las revelaciones hechas en virtud de este apartado estarán sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable. En particular, se trasladará al informante antes de revelar su identidad, salvo que dicha información pudiera comprometer la investigación o el procedimiento judicial. 

Datos de las personas afectadas o terceros 

Las personas afectadas por las actuaciones u omisiones comunicadas a través del SII, así como los terceros que en su caso pudieran participar en el procedimiento de investigación, serán informadas del tratamiento de sus datos y de cómo ejercitar sus derechos con respecto a sus datos personales, de conformidad con la normativa de protección de datos aplicable.  

Dicha comunicación tendrá lugar en el plazo de un mes desde la obtención de los datos personales, si bien este plazo podrá ser ampliado cuando así se considere adecuado para garantizar el buen fin de la investigación 

Comunicación de datos a terceros

De conformidad con la normativa aplicable, el acceso a los datos personales contenidos en el SII quedará limitado, dentro del ámbito de sus competencias y funciones, exclusivamente a: 

  • El Responsable del SII y, en lo que resulte necesario, a la Comisión de Cumplimiento Normativo.  

  • El Responsable del Departamento de Recursos Humanos o el órgano competente debidamente designado, solo cuando pudiera proceder la adopción de medidas disciplinarias contra un trabajador.  

  • El Responsable del Departamento Legal, si procediera la adopción de medidas legales en relación con los hechos relatados en la comunicación. 

  • Los encargados del tratamiento que eventualmente se designen. 

  • El Delegado de Protección de Datos. 

Igualmente y sujeto a las previsiones recogidas en apartado 4 anterior, se podrá dar acceso a los datos a otras personas, o incluso se podrá comunicar a terceros cuando resulte necesario para la adopción de medidas correctoras en la entidad o la tramitación de los procedimientos sancionadores o penales que, en su caso, procedan. 

Periodo de conservación 

Los datos personales recabados a través del SII se conservarán de conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable. En concreto, los datos se conservarán únicamente durante el tiempo necesario para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos comunicados, que podrá prolongarse durante un máximo de tres meses desde la recepción de la comunicación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales. Una vez transcurrido este plazo, los datos personales serán suprimidos del Sistema Interno de Información en los términos establecidos en la Ley de Protección del Informante. 

No obstante lo anterior, si como consecuencia de la investigación se adoptan medidas disciplinarias o se inicia cualquier tipo de procedimiento judicial, los datos podrán conservarse, en un entorno diferente al SII, durante el tiempo necesario en función de la naturaleza de la medida.  

En cualquiera de los casos, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 2/2023, todas las informaciones recibidas en el Sistema Interno de Información y de las investigaciones internas a que hayan dado lugar deberán conservarse en un libro-registro, garantizando, en todo caso, los requisitos de confidencialidad previstos en la norma. Este registro no será público y únicamente a petición razonada de la Autoridad judicial competente, mediante auto, y en el marco de un procedimiento judicial y bajo la tutela de aquella, podrá accederse total o parcialmente al contenido del referido registro. Los datos personales presentes en el libro-registro no podrán conservarse por un período superior a diez años.  

Transferencias internacionales 

No se lleva a cabo ninguna transferencia internacional de los datos personales recabados y tratados en el SII a destinatarios ubicados fuera del Espacio Económico Europeo. 

Derechos de los interesados 

Los interesados tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos, en los casos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos, enviando su solicitud a la dirección de correo electrónico dpd@tussam.es

No obstante lo anterior: 

  • El ejercicio del derecho de acceso estará limitado a los propios datos de carácter personal del interesado, sin que se puedan entender incluidos dentro del ejercicio de ese derecho los datos personales relativos al informante.  

  • En caso de que la persona a la que se refieran los hechos relatados en la comunicación ejerciese el derecho de oposición, se presumirá que, salvo prueba en contrario, existen motivos legítimos imperiosos que legitiman el tratamiento de sus datos personales. 

Asimismo, los interesados pueden ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos de TUSSAM a través de dpd@tussam.es.

El interesado, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, tiene derecho a presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.